Un despido es injustificado cuando el empleador invoca una causal legal que no puede probar en juicio, o cuando directamente no cumple con los requisitos legales del despido. En Chile, el Código del Trabajo establece causales taxativas (artículos 159, 160 y 161).
| Causal Invocada | Artículo | Recargo |
|---|---|---|
| Necesidades de la empresa | Art. 161 | +30% |
| Vencimiento plazo, conclusión trabajo | Art. 159 | +50% |
| Falta probidad, conductas graves | Art. 160 | +80% |
| Sin carta de despido o sin causal | — | +80% |
Verifica la causal, que sea dentro de plazo y que las cotizaciones estén al día. Si no hay carta, el despido es automáticamente injustificado.
Tienes derecho a ratificarlo ante la Inspección del Trabajo o notario. No firmes si los montos no son correctos.
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El plazo corre desde la separación del cargo. Es fatal: si se pasa, pierdes el derecho a demandar.
Tienes 60 días hábiles (lunes a sábado) desde la fecha del despido para interponer la demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Este plazo es fatal e improrrogable.
Si el despido es declarado injustificado, recibes: indemnización por años de servicio (1 mes por año, tope 11 años) + recargo del 30% al 80% según la causal invocada + indemnización sustitutiva del aviso previo (1 mes de sueldo) + vacaciones proporcionales.
Es un aumento sobre la indemnización por años de servicio: 30% si la causal es necesidades de la empresa (art. 161), 50% si es una causal del art. 159 (vencimiento plazo, etc.) aplicada indebidamente, y 80% si se invocaron causales del art. 160 (falta probidad, etc.) sin fundamento.
Es cuando el trabajador pone término al contrato por incumplimiento grave del empleador (acoso, no pago de cotizaciones, rebaja unilateral de sueldo). El trabajador tiene los mismos derechos que un despido injustificado.
No te pueden despedir por necesidades de la empresa mientras estés con licencia médica. Si lo hacen, el despido es nulo (despido nulo por fuero de enfermedad). Tendrías derecho a remuneraciones desde el despido hasta la sentencia.
Es altamente recomendable, aunque no obligatorio. Puedes solicitar abogado gratuito en la Corporación de Asistencia Judicial o en la Oficina de Defensa Laboral de tu comuna.